Gobernanza del Ártico y derechos indígenas: extractivismo, cambio climático y aplicación de los Principios Rectores de la ONU
Arctic governance and indigenous rights: extractivism, climate change, and the implementation of the UN Guiding Principles
Alejandra Escalada
Universidad Alfonso X el Sabio
Recibido: 07/04/2026 · Aceptado: 15/05/2026
Resumen
El Ártico vive una fase crítica marcada por el rápido cambio climático, nuevas tensiones geopolíticas y una expansión extractiva ligada tanto a combustibles fósiles como a minerales esenciales para la transición energética. Los pueblos indígenas (sámi, inuit, gwich’in) sufren simultáneamente la degradación ambiental y la presión industrial sobre sus territorios y culturas. Este artículo analiza conflictos emblemáticos y la aplicación de los Principios Rectores de la ONU, evidenciando deficiencias en consulta, consentimiento y reparación. Concluye que el futuro ártico requiere modelos de cogobernanza que integren saberes indígenas, justicia climática y una transición energética justa y no colonial.
Palabras clave
Ártico, pueblos indígenas, sámi, inuit, gwich’in, gobernanza ártica, extractivismo, transición energética, justicia climática, Principios Rectores de la ONU, conocimiento indígena (ILK), derechos humanos, geopolítica.
Abstract
The Arctic is undergoing a critical transformation driven by rapid climate change, rising geopolitical tensions, and expanding extractive activities linked to fossil fuels and strategic minerals. Indigenous peoples (Sámi, Inuit, Gwich’in) face accelerating ecosystem degradation and increasing industrial encroachment on their lands, cultures, and livelihoods. This article examines major regional conflicts and the implementation of the UN Guiding Principles on Business and Human Rights, revealing persistent gaps in consultation, consent, and remediation. It argues that the Arctic’s future depends on binding co-governance models that integrate Indigenous knowledge, strengthen climate justice, and ensure a non-colonial, equitable energy transition.
Keywords
Arctic, Indigenous peoples, Sámi, Inuit, Gwich’in, Arctic governance, extractivism, energy transition, climate justice, UN Guiding Principles, Indigenous and Local Knowledge (ILK), human rights, geopolitics.
Cómo citar: Escalada, A. (2026). Gobernanza del Ártico y derechos indígenas: extractivismo, cambio climático y aplicación de los Principios Rectores de la ONU. Orden Internacional, Revista de Estudios Internacionales, 2, e178. https://doi.org/10.33732/roi.178
Introducción
El Ártico se ha convertido en una de las regiones más estratégicamente sensibles del planeta, no sólo por su acelerado proceso de transformación climática, sino también por la creciente disputa geopolítica, económica y normativa que se despliega sobre su territorio. En las dos últimas décadas, el calentamiento global ha avanzado en el Ártico a un ritmo inusualmente acelerado, situándose algunos de los años recientes entre los más cálidos jamás registrados desde 1900 (NOAA, 2024). Este proceso ha derivado en una reducción sostenida del hielo marino estival y en anomalías térmicas que superan varios grados la media histórica (NOAA, 2024). Los impactos del Arctic amplification no sólo se reflejan en tendencias climáticas globales, sino también en riesgos crecientes para los modos de vida indígenas, infraestructuras críticas y ecosistemas clave.
Junto al cambio climático, la región ha experimentado una perturbación sin precedentes de su gobernanza. La invasión rusa de Ucrania en 2022 provocó la suspensión parcial del Consejo Ártico por parte de los siete Estados occidentales, interrumpiendo temporalmente la cooperación técnica y diplomática que constituía la columna vertebral de la gobernanza circumpolar (ArcticToday, 2022). Aunque la actividad se ha retomado en parte, el funcionamiento del Consejo sigue limitado y su credibilidad institucional se encuentra bajo presión. Diversos análisis han subrayado que la cooperación post-2022 continúa siendo frágil, con un enfoque minimalista centrado exclusivamente en proyectos no sensibles y sin interacción estructural con Rusia (Balton & Haig, 2026).
En paralelo, la apertura estacional de la Ruta Marítima del Norte ha impulsado la colaboración geoeconómica entre China y Rusia, consolidando la denominada Polar Silk Road. Este corredor logístico aspira a reducir tiempos de transporte entre Asia y Europa y proyecta al Ártico como un eje emergente de comercio global, dotando a China de un papel estratégico en la región. Simultáneamente, la creciente demanda de minerales críticos indispensables para la transición energética global ha colocado al Ártico en el centro de una carrera geoeconómica internacional, albergando 31 de los 34 minerales considerados esenciales (para industrias como baterías, energías renovables y manufactura avanzada) por organismos de referencia (Arctic Economic Council, 2024), lo que lo convierte en un territorio clave en las nuevas cadenas de suministro estratégicas que caracterizan el Green Deal Global. En este contexto, proyectos mineros en Suecia, Groenlandia y Canadá están adquiriendo una relevancia internacional sin precedentes, aunque su desarrollo genera tensiones significativas con pueblos indígenas que históricamente han gestionado estas tierras.
Los pueblos indígenas del Ártico (como los sámi, inuit y gwich’in) se encuentran en el epicentro de estas transformaciones. Su dependencia histórica del hielo, del pastoreo, de la caza y de la pesca convierte al cambio climático en una amenaza inmediata a su subsistencia cultural, económica y espiritual. Además, la intensificación de la actividad extractiva y la expansión de infraestructuras afectan directamente sus territorios ancestrales. Aunque los marcos internacionales (como la UNDRIP -Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los pueblos indígenas- y el Convenio 169 de la OIT - Organización Internacional del Trabajo-) reconocen derechos sustantivos a la autodeterminación y al territorio, su implementación práctica ha sido desigual. Existen diversos casos recientes que ilustran estas tensiones y que serán analizados en profundidad en secciones posteriores del artículo.
En este complejo entramado, los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre Empresas y Derechos Humanos (United Nations Guiding Principles, UNGPs, en sus siglas en inglés) constituyen un marco relevante cuyo funcionamiento en el Ártico será evaluado en este estudio.
Este artículo analiza de manera integral las tensiones del Ártico desde una perspectiva interdisciplinaria. Primero, se presenta un marco teórico que combina enfoques sobre extractivismo, justicia climática, epistemologías indígenas (ILK) y derecho internacional. Después, se examina el papel del ILK como sistema de conocimiento fundamental para la resiliencia socioecológica. A continuación, se analiza la crisis del Consejo Ártico y sus implicaciones para la gobernanza. El texto dedica una sección amplia a evaluar la implementación de los UNGPs en el Ártico, seguida de tres estudios de caso: Fosen (Noruega), Gállok/Kiruna (Suecia) y el Arctic National Wildlife Refuge (Alaska–Canadá). Finalmente, se ofrecen proyecciones de futuro y estrategias “win-win” para la sostenibilidad de la región. El análisis se basa en revisión doctrinal, literatura especializada reciente (2020–2025), evaluación comparada de informes institucionales y un estudio en profundidad de tres casos representativos.
Esta estructura permite abordar de forma progresiva cómo las tensiones entre cambio climático, extractivismo y derechos indígenas no son fenómenos independientes, sino dimensiones interrelacionadas de un mismo proceso de transformación geopolítica.
Marco teórico
El análisis de las dinámicas contemporáneas del Ártico requiere un marco teórico amplio que incorpore economía política, justicia climática, estudios decoloniales, epistemologías indígenas (ILK) y derecho internacional. El Ártico no puede abordarse únicamente como un espacio físico en transformación: es también un territorio atravesado por relaciones históricas de poder, prácticas extractivas y disputas en torno a sistemas de conocimiento que condicionan tanto su gobernanza como su futuro.
Extractivismo y extractivismo verde en el Ártico
El extractivismo describe un modelo económico basado en la explotación intensiva de recursos naturales (minerales, hidrocarburos, pesca, energía) para su inserción en mercados globales. En el Ártico, este modelo adopta características particulares debido a la fragilidad de los ecosistemas, la dependencia indígena del territorio y la presencia de actores estatales y corporativos con gran poder de decisión. Este enfoque no se limita al ámbito económico: revela estructuras de dominación que se reproducen mediante marcos regulatorios que priorizan la rentabilidad sobre los derechos colectivos y ambientales.
La variante contemporánea del extractivismo (el extractivismo verde) intensifica estas tensiones. La transición energética mundial ha incrementado la demanda de minerales críticos como níquel, cobalto, grafito o tierras raras, muchos de los cuales abundan en el Ártico. Aunque el objetivo declarado de estos proyectos es reducir las emisiones globales, en la práctica pueden reproducir patrones tradicionales de desposesión y vulneración de derechos. La extracción a gran escala con fines “verdes” no garantiza justicia ambiental si no incorpora estándares robustos de participación y consentimiento indígena. En muchos casos, la narrativa climática sirve para legitimar intervenciones que afectan profundamente los territorios ancestrales. En este sentido, la transición energética global no es inherentemente justa, su justicia depende del modo en que se distribuyen sus costes y beneficios.
Justicia climática aplicada al Ártico
El Ártico constituye uno de los epicentros de la justicia climática. Los pueblos indígenas contribuyen marginalmente a las emisiones, pero soportan de forma desproporcionada los efectos del calentamiento: pérdida de hielo marino, alteración de rutas de migración animal, inestabilidad del permafrost o riesgos para la seguridad alimentaria. Este enfoque se alinea con la literatura de justicia climática, que enfatiza las desigualdades estructurales en la distribución de impactos y responsabilidades (Schlosberg & Collins, 2014; Whyte, 2017). Además, son estos pueblos indígenas quienes aportan conocimientos esenciales para la resiliencia socioecológica. Por tanto, la justicia climática aporta un marco normativo y ético que reconoce esta desigualdad estructural y exige respuestas que no sólo reduzcan emisiones, sino que también reparen daños sociales y culturales.
Desde esta perspectiva, el cambio climático no es únicamente un fenómeno físico, sino un proceso que intensifica vulnerabilidades históricas derivadas del colonialismo y de la marginalización institucional. Las medidas de adaptación y mitigación deben incorporar mecanismos que respeten la autodeterminación indígena y los derechos colectivos al territorio, la cultura y el conocimiento. Sin ello, cualquier política climática corre el riesgo de reproducir injusticias bajo un discurso tecnocrático.
Enfoque decolonial y poder epistémico
Los estudios decoloniales permiten reinterpretar la historia del Ártico como un espacio sometido a múltiples capas de colonialismo: primero mediante la evangelización y el asentamiento estatal, después mediante la explotación de recursos y la marginación política, y actualmente a través de formas más sutiles de gobernanza tecnocrática que reproducen las asimetrías de poder existentes. El enfoque decolonial cuestiona las narrativas que presentan el Ártico como un “vacío demográfico” o “territorio disponible” para el desarrollo económico, y reivindica las cosmologías indígenas como sistemas legítimos de conocimiento y de organización territorial. El colonialismo epistémico sigue operando cuando sólo se reconoce como válido el conocimiento científico occidental y se relega el ILK a un papel secundario o meramente consultivo.
Desde esta mirada, el extractivismo (incluido el verde) no es sólo un modelo económico, sino un régimen de conocimiento que impone una visión instrumental del territorio. El enfoque decolonial plantea que cualquier modelo de gobernanza sostenible debe desmantelar estas jerarquías epistémicas y reconocer a los pueblos indígenas como autoridades legítimas sobre sus tierras y sistemas de conocimiento.
Saberes indígenas (ILK) como sistema epistemológico
El Indigenous and Local Knowledge (ILK) configura un sistema epistemológico relevante en la gobernanza ártica, cuya dimensión aplicada y operativa se desarrollará en una sección específica.
Derechos indígenas y marcos normativos internacionales
El corpus jurídico internacional reconoce a los pueblos indígenas derechos colectivos al territorio, a la autodeterminación y a decidir sobre proyectos que afecten sus vidas. La UNDRIP (2007) y el Convenio 169 de la OIT (1989) constituyen las bases principales, complementadas por jurisprudencia nacional e instrumentos regionales.
El Consentimiento Libre, Previo e Informado (CLPI) es uno de los pilares sustantivos de este marco. No se trata de una consulta formal, sino de la capacidad de las comunidades para aceptar, rechazar o modificar proyectos con implicaciones profundas. Sin embargo, en muchos contextos su aplicación sigue siendo limitada y procedimental, lo que genera una brecha entre el derecho reconocido y su implementación efectiva (Papillon & Rodon, 2017).
Los Principios Rectores de la ONU (UNGPs)
Los UNGPs (o principios de Ruggie) proporcionan la arquitectura normativa más influyente en materia de empresas y derechos humanos. Su estructura (proteger, respetar y remediar) establece roles diferenciados para Estados y empresas y ha inspirado marcos nacionales de diligencia debida (Ruggie, 2011; OHCHR, 2012). En el Ártico, su relevancia es incuestionable: ofrecen un punto de referencia para evaluar el comportamiento de actores económicos en contextos sensibles.
Sin embargo, la eficacia de los UNGPs en la región depende de su traducción en políticas nacionales vinculantes y de su articulación con marcos indígenas. Sólo entonces pueden contribuir a un modelo de gobernanza que evite que la transición energética reproduzca lógicas extractivas coloniales.
Estos marcos analíticos adquieren una dimensión particularmente operativa cuando se traducen en prácticas concretas, siendo los sistemas de conocimiento indígena un elemento clave para comprender su aplicación en el contexto ártico.
El ILK como eje estructural de la sostenibilidad ártica
Los Indigenous and Local Knowledge (ILK) representan uno de los pilares fundamentales para comprender la sostenibilidad del Ártico. Se trata de sistemas de conocimiento transmitidos intergeneracionalmente que combinan observación prolongada, memoria ecológica, prácticas culturales, ampliamente reconocidos en la literatura como sistemas de conocimiento ecológico complejos y adaptativos (Berkes et al., 2000; Huntington, 2000; Krupnik & Jolly, 2002). A diferencia de perspectivas que los conciben como formas de “tradición” estáticas, los ILK son epistemologías vivas, adaptativas y extremadamente sofisticadas. Su valor radica, precisamente, en su capacidad para capturar señales ambientales de corto y largo plazo que pueden pasar inadvertidas para modelos científicos convencionales. Por ello, para los pueblos indígenas del Ártico (sámi, inuit, gwich’in, yupik, nenets y chukchi, entre otros) el territorio no es un espacio vacío ni un recurso a explotar: es un tejido de relaciones materiales, espirituales y ecológicas que define su identidad colectiva y estructura sus derechos.
El ILK inuit sobre el hielo marino es uno de los mejores ejemplos de esta sofisticación. La lectura experta del hielo por parte de las comunidades inuit (color, textura, patrones de fractura) constituye un mecanismo altamente sofisticado de anticipación ambiental que ha permitido la navegación segura durante generaciones. Este conocimiento integra observaciones sobre mareas, corrientes, temperaturas locales, comportamiento animal y patrones de viento, formando un sistema predictivo altamente eficaz incluso en condiciones climáticas extremas. Las innovaciones contemporáneas (como sensores de hielo y GPS) no sustituyen este saber, sino que se insertan en un modelo híbrido donde la validación última sigue siendo comunitaria. Programas como SmartICE han demostrado la eficacia de esta integración entre tecnología y conocimiento indígena, basada en la interacción directa entre observación satelital y experiencia inuit (SmartICE, 2026).
En el caso sámi, el sistema de pastoreo de renos constituye otra expresión de conocimiento especializado. La movilidad estacional de los rebaños depende de una lectura minuciosa del terreno y del clima: tipos de nieve, capas de hielo, ciclos de vegetación y variaciones acústicas asociadas a tormentas o derretimientos. Estas categorías (cuya riqueza lingüística supera ampliamente las taxonomías occidentales) permiten a los pastores anticipar riesgos y optimizar rutas en función de la disponibilidad de pastos (Huntington et al., 2011). Cuando proyectos extractivos fragmentan estas rutas o alteran la accesibilidad del territorio, no sólo se afecta un modo de vida: se interrumpe un sistema epistemológico intergeneracional.
Los saberes indígenas también incluyen sistemas de seguridad alimentaria basados en prácticas como el secado, ahumado, fermentación y congelación natural, que garantizan la disponibilidad de alimentos en entornos de alta variabilidad estacional. El country food de los inuit es algo más que una fuente de nutrientes: articula un mecanismo cultural de cohesión, reciprocidad y transmisión intergeneracional del conocimiento. En los últimos años, diversas comunidades han incorporado iniciativas de agricultura en invernaderos adaptados al clima ártico, combinando innovación moderna con la comprensión tradicional de microclimas locales. Esta combinación refleja el carácter dinámico del ILK, capaz de reinventarse sin perder su esencia.
La dimensión medicinal del ILK tampoco puede subestimarse. Plantas, líquenes y musgos árticos se han utilizado históricamente como remedios terapéuticos, integrados en sistemas de sanación que vinculan bienestar físico, espiritual y social. La pérdida de biodiversidad asociada al cambio climático y la industrialización amenaza este patrimonio biocultural, revelando una relación directa entre degradación ambiental y pérdida epistémica.
En términos de movilidad, el ILK ha facilitado durante siglos el desplazamiento seguro en condiciones extremas. Ya sea mediante la lectura de estrellas durante la noche polar, la observación de nubes rojas en el amanecer, los patrones de migración de aves o la interpretación de la rugosidad del hielo, las comunidades han creado una cartografía viva que se adapta constantemente al cambio climático. Esto resulta fundamental en una región donde la rapidez del deshielo ha incrementado la imprevisibilidad del entorno, haciendo que las comunidades indígenas actúen como sistemas de alerta temprana para fenómenos ambientales abruptos.
El valor del ILK radica también en su capacidad de anticipación. Mientras la ciencia occidental produce modelos predictivos basados en series de datos, el ILK genera conocimiento a partir de patrones emergentes percibidos en el entorno mediante una observación permanente y situada. Esto le permite detectar cambios microecológicos (como variaciones en las rutas migratorias de renos o en la composición del hielo) antes de que se vuelvan visibles para los sistemas de monitoreo científico. Esta combinación entre ciencia y saber tradicional se ha convertido en uno de los pilares de la gestión adaptativa recomendada por organismos internacionales.
Con esto se demuestra que el ILK no es un complemento de la ciencia occidental, sino un sistema de conocimiento completo con su propia metodología, criterios de validación y mecanismos de transmisión. En contextos de cambio acelerado, su capacidad para detectar variaciones ecológicas tempranas es crucial para la adaptación. La ciencia occidental y el ILK no deberían situarse en jerarquía, sino en un modelo de coproducción de conocimiento, en el que ambos sistemas se integren de manera simétrica. Y, para que esto ocurra, es necesario reconocer la autoridad epistémica de los pueblos indígenas y garantizar que su conocimiento sea aplicado en procesos decisorios de forma vinculante y no meramente consultiva.
Todo este conocimiento se articula a través de instituciones políticas indígenas, como los parlamentos sámi en Noruega, Suecia y Finlandia, o los gobiernos regionales inuit en Canadá y Alaska. Estas instituciones no son únicamente órganos representativos: son espacios donde el ILK se integra formalmente en decisiones de ordenamiento territorial, conservación, educación y desarrollo comunitario. La participación indígena en el Consejo Ártico (a través de la figura de “participantes permanentes”) también ha sido clave para incorporar ILK en informes científicos, evaluaciones ambientales y recomendaciones políticas. Sin embargo, la crisis institucional iniciada en 2022 ha limitado esta función, reduciendo la capacidad de incidencia indígena en la gobernanza circumpolar.
Por lo tanto, la sostenibilidad del Ártico depende tanto de la protección territorial como del respeto y fortalecimiento de las epistemologías indígenas. Cuando se erosiona el ILK, no sólo se pierde un conjunto de prácticas culturales: se debilita la capacidad colectiva para entender, anticipar y gestionar el cambio en uno de los ecosistemas más vulnerables del planeta.
La relevancia del ILK adquiere así una dimensión plenamente política cuando se observa cómo su reconocimiento (o su exclusión) condiciona las estructuras de gobernanza circumpolar en un contexto marcado por crecientes tensiones geopolíticas. Estas tensiones se hacen especialmente visibles al examinar las estructuras de gobernanza circumpolar, marcadas en los últimos años por fragilidad institucional.
En este sentido, el ILK no sólo posee una dimensión cultural o ambiental, sino que condiciona directamente el diseño y funcionamiento de las estructuras de gobernanza circumpolar, en las que su reconocimiento (o exclusión) actúa como un indicador de las relaciones de poder que estructuran la gobernanza ártica.
No obstante, resulta imprescindible advertir que la integración del ILK en los marcos de gobernanza conlleva el riesgo de su instrumentalización, especialmente cuando se incorpora de forma meramente consultiva. En ausencia de reconocimiento de su carácter vinculante y de la autoridad política de las comunidades indígenas, el ILK puede verse reducido a un recurso técnico subordinado a lógicas institucionales externas, reproduciendo las dinámicas de colonialismo epistémico que el propio artículo cuestiona.
Gobernanza ártica, crisis del consejo ártico y derecho indígena
La gobernanza del Ártico ha sido tradicionalmente presentada como un ejemplo paradigmático de cooperación internacional en un entorno extremadamente sensible. La creación del Consejo Ártico en 1996 estableció un espacio de diálogo entre los ocho Estados árticos (Canadá, Dinamarca, Finlandia, Islandia, Noruega, Suecia, Rusia y Estados Unidos) y las organizaciones indígenas reconocidas como Permanent Participants, con un enfoque centrado en la ciencia, la protección ambiental y el desarrollo sostenible. Este diseño institucional alimentó durante décadas la narrativa del “excepcionalismo ártico”, según la cual la región permanecía relativamente aislada de tensiones globales y priorizaba el consenso y la colaboración técnica.
Sin embargo, esta arquitectura comenzó a erosionarse con el incremento de la competencia estratégica en el Ártico y, de forma determinante, tras la invasión rusa de Ucrania en febrero de 2022. En marzo de ese año, los siete Estados occidentales del Consejo (Estados Unidos, Canadá, Dinamarca, Noruega, Suecia, Finlandia e Islandia) anunciaron la suspensión de su participación en todas las reuniones bajo presidencia rusa. Esta decisión provocó la paralización parcial del foro por primera vez desde su creación, revelando la fragilidad de un modelo dependiente del consenso y de una cooperación que, hasta ese momento, había sobrevivido incluso a periodos de tensiones diplomáticas intensas (Jacobsen & Rottem, 2025).
Aunque el Consejo reanudó parte de sus actividades a mediados de 2022, lo hizo con limitaciones sustanciales, excluyendo la cooperación directa con Rusia y restringiendo muchos de los proyectos dependientes de datos territoriales rusos. Estas restricciones afectan especialmente a programas de monitoreo ambiental, gestión de contaminantes, seguridad marítima y evaluación de impactos climáticos. Tal como señalan varios análisis, la cooperación circumpolar tras 2022 opera bajo un enfoque “mínimo viable”, centrado únicamente en áreas no sensibles y evitando el diálogo político profundo (Wilson Rowe, 2018).
La crisis del Consejo Ártico no sólo ha debilitado la cooperación científica y ambiental, sino que también ha reducido el espacio de participación indígena en la gobernanza regional. Las organizaciones indígenas (Sámi Council, Inuit Circumpolar Council, Gwich’in Council International y otras) dependen del Consejo como un foro donde su voz tiene estatus reconocido y donde su conocimiento (ILK) se integra formalmente en informes científicos y recomendaciones técnicas. La suspensión temporal y la reactivación limitada han disminuido esta capacidad de incidencia, situando a los pueblos indígenas en una posición aún más vulnerable frente a dinámicas estatales y corporativas que avanzan sin supervisión multilateral.
A nivel nacional, los marcos legales que regulan la participación indígena y la protección territorial presentan avances desigualados entre Estados. Noruega, Suecia y Finlandia cuentan con parlamentos sámi, que ofrecen estructuras institucionales para la representación política indígena; Canadá ha desarrollado formas avanzadas de autogobierno indígena, como Nunavut; y Alaska, aunque incorporada en un sistema político federal, reconoce estructuras tribales con autoridad local. Sin embargo, estos mecanismos suelen quedar subordinados a decisiones estatales vinculadas a proyectos industriales estratégicos, como minería, petróleo, gas o energías renovables.
El derecho internacional indígena establece obligaciones claras: el derecho al territorio, el derecho al autogobierno, el derecho a mantener y fortalecer la cultura y, especialmente, el derecho al Consentimiento Libre, Previo e Informado (CLPI). La UNDRIP (2007) y el Convenio 169 de la OIT (1989) reconocen que los pueblos indígenas deben participar en todas las decisiones que afecten directamente a sus tierras y modos de vida. Sin embargo, en la práctica, el CLPI suele interpretarse como un proceso consultivo no vinculante, más orientado a informar que a otorgar capacidad de decisión real.
La aplicación insuficiente del CLPI evidencia la tensión estructural entre soberanía estatal y autodeterminación indígena. Los Estados del Ártico continúan ejerciendo control sobre licencias, concesiones y planificación territorial, mientras que las instituciones indígenas operan en espacios reducidos de participación. Esto produce un desajuste normativo: los derechos reconocidos internacionalmente no siempre se traducen en influencia efectiva en contextos nacionales.
La situación se agrava por el creciente interés de actores extrarregionales (especialmente China) que ven en el Ártico un área estratégica para inversiones, extracción de recursos y proyección geoeconómica. Informes recientes muestran que la cooperación sino-rusa en la Ruta Marítima del Norte, impulsada por la Polar Silk Road, está redibujando las dinámicas regionales y desafiando a los mecanismos tradicionales de gobernanza ártica. Para los pueblos indígenas, esta multiplicación de actores con agendas diversas reduce aún más los márgenes de negociación y aumenta el riesgo de que la toma de decisiones priorice intereses externos sobre derechos colectivos.
El debilitamiento del Consejo Ártico, junto con la insuficiencia de marcos nacionales para garantizar el CLPI, revela una crisis estructural en la gobernanza del Ártico. Precisamente cuando la región requiere mecanismos más sólidos y participativos para gestionar el cambio climático, los minerales críticos y las tensiones geopolíticas, sus instituciones se encuentran en el punto más frágil desde finales del siglo XX.
La reconstrucción de la gobernanza ártica debe partir de un principio fundamental: la estabilidad de la región depende de la justicia para los pueblos indígenas. Sin mecanismos vinculantes de participación, sin reconocimiento pleno del ILK y sin un rol ampliado de las instituciones indígenas en foros multilaterales, cualquier estructura de gobernanza será incompleta e ineficaz. El análisis de los UNGPs permite observar cómo estas fragilidades institucionales se traducen en brechas de protección concretas.
Si bien estas dinámicas se manifiestan en el plano regional, su regulación se apoya en marcos normativos de alcance global, entre los cuales los Principios Rectores de Naciones Unidas ocupan un lugar central.
Los principios rectores de la ONU sobre empresas y derechos humanos (UNGPs) en el ártico: potencial y límites
La intensificación de actividades extractivas en el Ártico (desde minería y petróleo hasta megainfraestructuras energéticas y logísticas) ha incrementado la necesidad de marcos normativos capaces de equilibrar intereses corporativos, soberanía estatal y derechos de los pueblos indígenas. En este contexto, los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre Empresas y Derechos Humanos (UNGPs) se han convertido en la referencia global para evaluar la conducta empresarial. Su estructura tripartita (proteger, respetar y remediar) proporciona un marco analítico idóneo para estudiar los conflictos socioambientales que atraviesan el Ártico.
Sin embargo, entre 2020 y 2025, diversos informes han concluido que la implementación real de los UNGPs dista de ser efectiva, especialmente en lo relativo a los derechos indígenas, la participación vinculante y los mecanismos de reparación. En particular, IWGIA (International Work Group for Indigenous Affairs) señala que, una década después de su adopción, siguen existiendo brechas profundas en la aplicación del CLPI y en la protección de los territorios originarios (IWGIA, 2022).
Este bloque analiza cada uno de los pilares de los UNGPs, seguido de una lectura comparada de tres casos emblemáticos en el Ártico: Fosen (Noruega), Gállok/Kiruna (Suecia) y ANWR (Alaska–Canadá).
Primer pilar: el deber del Estado de proteger
Este pilar exige que los Estados establezcan leyes, regulaciones y mecanismos efectivos para prevenir abusos de derechos humanos por parte de empresas bajo su jurisdicción. En teoría, esto implica garantizar evaluaciones de impacto rigurosas, procesos de consulta adecuados y supervisión continua. En la práctica, los Estados del Ártico muestran avances desiguales, y en algunos casos, omisiones que agravan la vulnerabilidad de los pueblos indígenas.
Como se desarrollará en detalle en los estudios de caso, el caso Fosen constituye una ilustración paradigmática de estas dinámicas (Supreme Court of Norway, 2021).
A ello se suma la crisis del Consejo Ártico, que desde 2022 ha reducido los mecanismos multilaterales para coordinar protección ambiental, supervisión científica y participación indígena. La disminución de cooperación transfronteriza afecta directamente la capacidad estatal para ejercer su deber de protección frente a impactos climáticos o empresariales que exceden las jurisdicciones nacionales.
Segundo pilar: la responsabilidad empresarial de respetar
Este pilar establece que las empresas deben evitar vulnerar derechos humanos y deben actuar con diligencia debida, independientemente de la fuerza del sistema normativo estatal. Sin embargo, en el Ártico, la mayoría de las empresas operan con evaluaciones de impacto ambiental insuficientes o excesivamente centradas en variables cuantificables, dejando de lado impactos culturales, epistémicos o espirituales.
El problema más persistente es la interpretación reducida del CLPI, que muchas empresas consideran un mecanismo consultivo no vinculante. Esto genera procesos participativos superficiales, carentes de capacidad real de decisión para las comunidades indígenas. El Business & Human Rights Resource Centre identifica este problema como una de las mayores fallas en la implementación de los UNGPs en contextos indígenas (Business & Human Rights Resource Centre, 2022).
En sectores estratégicos (minerales críticos, eólica terrestre, perforación petrolera, logística ártica) esta falla no sólo debilita la legitimidad de los proyectos, sino que intensifica el riesgo de conflicto social.
Tercer pilar: acceso a reparación
El tercer pilar reconoce que los pueblos afectados por actividades empresariales deben tener acceso a reparaciones adecuadas y efectivas. Sin embargo, en el Ártico, estas reparaciones suelen ser lentas, incompletas o limitadas a compensaciones económicas que no abordan el daño cultural ni la pérdida de sistemas de conocimiento.
En Fosen, aunque el acuerdo de 2023 ofreció compensación económica y acceso a nuevas áreas de pastoreo, muchos líderes sámi sostienen que la verdadera reparación exige garantías de no repetición, reformas institucionales profundas y procesos de consulta vinculante previamente inexistentes.
En ANWR (Alaska), los mecanismos de reparación están fuertemente condicionados por la volatilidad política estadounidense. Las licencias petroleras han sido suspendidas, reinstauradas y litigadas repetidamente según el partido en el poder, lo que deja a los pueblos gwich’in en un estado permanente de incertidumbre territorial y cultural. El fallo de 2025, que reinstauró las licencias canceladas, reforzó esta inestabilidad (AIDEA, 2025).
El futuro de los UNGPs en el Ártico: oportunidades y limitaciones
Los desafíos descritos no implican la inutilidad del marco de Ruggie, sino la necesidad de fortalecer su implementación. La evaluación global de Business & Human Rights 2025 sostiene que el paisaje normativo internacional ha evolucionado hacia una mayor juridificación de obligaciones empresariales, impulsada por legislaciones de diligencia debida obligatoria en algunas jurisdicciones y por una creciente presión pública para responsabilizar a empresas transnacionales por efectos en derechos humanos y medio ambiente. Sin embargo, el informe reconoce que persisten amplias zonas de “soft law” donde los principios rectores dependen enteramente de la voluntad de los Estados y de la autorregulación empresarial, lo que limita su efectividad práctica en zonas como el Ártico, atravesadas por tensiones geopolíticas intensas y profundas asimetrías de poder entre actores estatales, corporativos e indígenas (Chambers & Partners, 2025).
En este contexto, la aplicación efectiva de los UNGPs en el Ártico exige un conjunto coherente de transformaciones normativas y de gobernanza. Resulta imprescindible avanzar hacia marcos nacionales de diligencia debida que sean jurídicamente vinculantes y estén específicamente adaptados a las realidades indígenas y árticas. Del mismo modo, se requieren reformas institucionales que fortalezcan la participación de los pueblos indígenas y garanticen que los procesos de Consentimiento Libre, Previo e Informado (CLPI) tengan un carácter realmente vinculante. A ello debe añadirse la reconstrucción del Consejo Ártico (o, en su defecto, la creación de nuevas plataformas multilaterales) capaces de integrar de manera sistemática los estándares de derechos humanos, el conocimiento indígena (ILK) y mecanismos técnicos de supervisión independientes. También resulta fundamental que los Estados aseguren la responsabilidad extraterritorial de las empresas, especialmente en proyectos impulsados o financiados por actores externos como China o la Unión Europea. Finalmente, es necesario desarrollar mecanismos de reparación culturalmente adecuados, que reconozcan que la pérdida de territorio y de prácticas ancestrales trasciende lo económico y no puede ser compensada mediante indemnizaciones puramente monetarias.
El Ártico representa, así, un escenario crítico para evaluar si los UNGPs pueden adaptarse a contextos donde convergen crisis ambientales, intereses geoestratégicos de grandes potencias y los derechos de pueblos indígenas cuyo modo de vida depende de ecosistemas extremadamente sensibles.
Para evaluar la operatividad de estos principios, resulta necesario observar cómo se concretan en contextos específicos, donde las tensiones entre norma y práctica se hacen plenamente visibles.
Estudios de caso
Fosen (Noruega)
Representa la tensión entre energías renovables y derechos indígenas. Aunque el proyecto buscaba contribuir a la descarbonización nacional, se implementó sin asegurar el CLPI. El fallo del Tribunal Supremo de 2021 lo declaró ilegal, pero el retraso en su aplicación y la prolongación del daño revelan una falla estructural tanto del Estado como de las empresas en cumplir los UNGPs.
El caso Fosen pone de manifiesto no sólo la vulneración de derechos culturales en contextos de transición energética, sino también una disfunción institucional más profunda: la incapacidad de los Estados para traducir decisiones judiciales en cambios efectivos de política. Esta brecha no es únicamente normativa, sino operativa, y cuestiona la eficacia real de los marcos de protección existentes en el Ártico.
Gállok/Kiruna (Suecia)
La apertura de una mina de hierro en territorio sámi, esencial para su pastoreo, fue aprobada pese a fuertes objeciones y sin CLPI. El caso demuestra que la transición energética no garantiza justicia ambiental: la minería de “minerales verdes” puede replicar lógicas extractivas coloniales cuando no se respeta el derecho indígena. El Arctic Economic Council (2024) identifica la región como clave para minerales críticos, intensificando esta presión (Arctic Economic Council, 2024).
En ambos casos, la ausencia de un CPLI vinculante fue el detonante principal de la vulneración de derechos.
El caso Gállok/Kiruna evidencia que la transición energética no transforma por sí misma las relaciones de poder sobre el territorio, sino que puede reproducir dinámicas extractivas tradicionales bajo nuevas legitimaciones discursivas. Más que una excepción, este caso ilustra la continuidad de lógicas estructurales que sitúan los derechos indígenas en una posición subordinada frente a prioridades estratégicas estatales.
ANWR (Alaska–Canadá)
Uno de los conflictos ambientales más prolongados del Ártico. La zona Coastal Plain es esencial para el caribú Porcupine, base espiritual y alimentaria de los pueblos gwich’in. La oscilación política entre licencias y moratorias ha generado una inseguridad crónica, intensificando litigios que continuaron en 2025 y previsiblemente seguirán en 2026. Las decisiones recientes favorecen intereses petroleros a pesar de la oposición indígena y ambiental (AIDEA, 2025).
El caso ANWR revela una dimensión distinta del problema: la inestabilidad normativa derivada de ciclos políticos internos, que convierte los derechos indígenas en variables dependientes de decisiones gubernamentales cambiantes. Esta volatilidad introduce una forma de inseguridad estructural que dificulta cualquier forma de planificación territorial o protección efectiva a largo plazo.
Leídos en conjunto, estos casos permiten no sólo identificar patrones comunes, sino también reinterpretar el futuro del Ártico como un espacio donde la gobernanza estará definida por la gestión (o intensificación) de estas tensiones.
Proyecciones futuras y riesgos para el ártico
El Ártico avanza hacia un escenario de cambio acelerado. En el ámbito climático, diversos informes proyectan veranos prácticamente libres de hielo antes de 2030, lo que transformará la navegación, la ecología marina y la seguridad humana. Este deshielo aumentará la actividad comercial y militar, pudiendo incrementar el riesgo estructural de conflicto al introducir nuevos factores de presión en un entorno institucionalmente frágil. Las comunidades indígenas, dependientes del hielo marino, el permafrost y la estabilidad de las rutas migratorias de fauna, enfrentarán un deterioro continuo de sus sistemas culturales y económicos (NOAA, 2024).
En el plano geopolítico, el reposicionamiento de Rusia y China, sumado a la ampliación de la OTAN al norte de Europa, configura un Ártico donde la gobernanza ártica ha experimentado un desplazamiento del equilibrio hacia dinámicas competitivas, sin que ello suponga la desaparición de formas de cooperación técnica y científica que continúan coexistiendo de manera tensa. La fragmentación del Consejo Ártico dificulta la formulación de respuestas comunes a crisis ambientales y sociales, dejando un vacío normativo que actores externos buscan ocupar (Balton & Haig, 2026).
En el ámbito extractivo, la demanda global de minerales críticos apunta a una intensificación futura de proyectos mineros en el Ártico. Sin marcos de gobernanza sólidos, esta transición energética podría reproducir las formas más perjudiciales del extractivismo fósil, pero bajo un lenguaje “verde”.
Estrategias “win-win” para una gobernanza justa y sostenible
La complejidad del escenario ártico exige estrategias que no sólo mitiguen conflictos, sino que generen beneficios equitativos para Estados, empresas y pueblos indígenas. Estas estrategias deben aspirar a crear alianzas transformadoras basadas en respeto mutuo, redistribución de poder y reconocimiento de saberes diversos. No se trata de un enfoque pragmático o utilitarista, sino de una arquitectura ética que vincula sostenibilidad ecológica con justicia social.
Una primera estrategia consiste en reorientar el CLPI hacia un modelo verdaderamente vinculante, donde las comunidades indígenas participen en las etapas iniciales de diseño de proyectos y posean capacidad real de veto o modificación sustancial. Esto requiere mecanismos administrativos claros, plazos adecuados y decisiones tomadas en la lengua y los marcos culturales de cada comunidad. La incorporación de este estándar evitaría conflictos posteriores y generaría estabilidad jurídica y social.
En segundo lugar, es necesario institucionalizar marcos de diligencia debida obligatoria para empresas que operan en la región, especialmente en sectores de alto impacto como la minería, el petróleo y el gas, y las infraestructuras energéticas. Esta diligencia debe incorporar evaluaciones de impacto cultural, mecanismos de supervisión independientes y procedimientos de reparación ágiles y culturalmente apropiados.
Una tercera estrategia es la creación de modelos de cogobernanza ambiental que integren de manera simétrica el ILK y la ciencia occidental. Esto implica reconocer a los pueblos indígenas como autoridades epistémicas y políticas sobre sus territorios, y no sólo como consultores. Los comités de manejo basados en conocimiento híbrido aumentan la capacidad de anticipación frente a riesgos climáticos y fortalecen la legitimidad de las decisiones.
Cuarto, es fundamental promover mecanismos de reparto justo de beneficios, que incluyan no sólo compensaciones económicas, sino participación en ingresos, propiedad comunitaria de infraestructuras, fondos de desarrollo cultural y programas de formación técnica para jóvenes indígenas. Los beneficios deben contribuir a consolidar comunidades resilientes y autónomas, no a perpetuar dependencia o marginalidad.
Por último, se requiere una reconstrucción profunda de la gobernanza circumpolar. La crisis del Consejo Ártico debería entenderse como una oportunidad para crear estructuras más robustas, con mayor estatus jurídico, mecanismos de decisión menos vulnerables a bloqueos unilaterales y un rol ampliado para instituciones indígenas. Un Consejo renovado (o una nueva arquitectura multilateral) podría servir de plataforma para coordinar políticas regionales, supervisar actividades empresariales y arbitrar conflictos transfronterizos, incorporando tanto estándares internacionales de derechos humanos como el ILK.
Estas estrategias no son simples recomendaciones técnicas: constituyen los pilares de un modelo alternativo de desarrollo que busca asegurar la continuidad de ecosistemas, culturas y modos de vida en un contexto de cambio global acelerado. La implementación de estas estrategias requiere voluntad política sostenida y marcos multilaterales capaces de resistir crisis geopolíticas, evitando que el Ártico quede supeditado a agendas externas.
Conclusiones
El Ártico, en su condición de región fronteriza y espacio de convergencia global, sintetiza muchas de las tensiones del siglo XXI: la urgencia climática, la carrera por recursos críticos, la fractura de las instituciones multilaterales y la persistencia de desigualdades coloniales. Frente a estos desafíos, las respuestas tradicionales (regulación sectorial, cooperación limitada, estándares voluntarios) resultan insuficientes para garantizar la sostenibilidad de la región y la protección de los pueblos que la habitan.
Las transformaciones aceleradas del clima están desestabilizando ecosistemas fundamentales para la vida ártica y global, mientras que el auge extractivo, impulsado por la demanda de minerales estratégicos, amenaza con reproducir patrones históricos de desposesión. La fragmentación geopolítica ha alterado profundamente un equilibrio regional que durante años se sostuvo sobre la cooperación circumpolar. En el escenario actual, la capacidad de reconstruir mecanismos estables de gobernanza dependerá de integrar de forma estructural a los pueblos indígenas y de reforzar los espacios multilaterales hoy debilitados.
Sin embargo, el futuro del Ártico no está escrito. El reconocimiento de la interdependencia entre justicia climática, derechos indígenas y responsabilidad empresarial abre la puerta a modelos de gobernanza capaces de transformar estas tensiones en oportunidades. Para ello, es indispensable situar el conocimiento indígena en el centro de la toma de decisiones, fortalecer el carácter vinculante de estándares internacionales como los UNGPs y reconstruir institucionalmente la cooperación circumpolar.
Desde una perspectiva normativa, la integración del ILK y el respeto a los derechos indígenas constituyen principios fundamentales de justicia y legitimidad. Sin embargo, desde una perspectiva estratégica, su inclusión sólo se vuelve decisiva para los actores estatales y corporativos en la medida en que su ausencia genera costes concretos, tales como conflictividad social, inseguridad jurídica o pérdida de legitimidad internacional.
La cuestión fundamental no es si el Ártico seguirá cambiando, sino quién decidirá el rumbo de esos cambios. Si las decisiones continúan concentrándose en Estados y empresas sin participación indígena real, la región avanzará hacia un escenario de mayor desigualdad, conflicto y degradación. En cambio, si se consolidan formas de cogobernanza que reconozcan los derechos territoriales y epistémicos de los pueblos indígenas, el Ártico puede convertirse en un referente de sostenibilidad y justicia en un mundo que aún busca respuestas al colapso climático. Los UNGPs pueden contribuir a corregir estas tensiones siempre que se fortalezcan mediante legislación vinculante, cogobernanza y la incorporación estructural del ILK, principios que constituyen el núcleo de este artículo.
La sostenibilidad del Ártico, en última instancia, depende de asumir una verdad sencilla pero profunda: no hay futuro para la región sin la continuidad de los pueblos que la han cuidado durante milenios.
La principal aportación de este trabajo reside en integrar de forma sistemática los marcos de justicia climática, extractivismo y gobernanza ártica con el análisis de los UNGPs y el ILK, situando los derechos indígenas como un elemento estructural en la transformación institucional del Ártico.
Financiación
Este artículo es uno de los resultados del proyecto de investigación que está desarrollando la Universidad Alfonso X El Sabio (Madrid) bajo la dirección del Dr. Francesco Autolino (IP-Investigador Principal) titulado Oportunidades y desafíos globales derivados de la cuestión del Ártico. Un análisis interdisciplinar sobre sostenibilidad, geopolítica y gobernanza en la región. Este proyecto, asimismo, ha sido financiado a través de XX Convocatoria de Ayudas para el Desarrollo de Proyectos de Investigación UAX-FUAX (2025). Alejandra Escalada Navas es una de las investigadoras de este proyecto.
Bibliografía
Arctic Economic Council, Arctic Mining Report 2024, ArcticToday, 2024.
Chambers & Partners, Business and Human Rights 2025. Global Practice Guide, Londres, Chambers, 2025.
IWGIA, The Indigenous World 2022: Business and Indigenous Peoples’ Rights, Copenhague, IWGIA, 2022.
NOAA, Arctic Report Card 2024, Washington, National Oceanic and Atmospheric Administration, 2024.
Whyte, K. P., «Indigenous climate change studies», English Language Notes, vol. 55, n. 1–2, 2017, 153–162.