STUDIA HUMANITATIS JOURNAL, 2026, 6(2), e179
ISSN: 2792-3967
DOI: https://doi.org/10.33732/shj.v6i2.179

Artículo / Article

Monografía
Monograph section

LA SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA COMO POLÍTICA PÚBLICA EN EL ÁMBITO AUTONÓMICO

REGULATORY SIMPLIFICATION AS PUBLIC POLICY AT THE REGIONAL GOVERNMENT LEVEL

María Ángeles Abellán López

Universitat de València, España
ORCID: 0000-0002-6553-0227
maria.a.abellan@uv.es

Natalia María Simón Medina

Universidad Castilla-La Mancha, España
ORCID: 0000-0002-2917-4069
natalia.simon@uclm.es

María José Vicente Vicente

Universidad Castilla-La Mancha, España
ORCID: 0000-0002-7962-0362
MariaJose.Vicente@uclm.es

Gonzalo Pardo Beneyto

Universitat de València, España
ORCID: 0000-0001-7142-1740
gonzalo.pardo@uv.es

| Resumen |

Este trabajo analiza la evolución de las reformas de la Administración pública y su proyección en las políticas contemporáneas de simplificación administrativa, situándolas en el marco conceptual de la Better Regulation. Partiendo de las principales corrientes de modernización administrativa, se examina cómo estas han influido en la transformación del Estado regulador europeo y en la consolidación de la calidad normativa como eje estructural de la acción pública. El estudio aborda la configuración de la Better Regulation en la Unión Europea, sus instrumentos de evaluación ex ante y ex post, la participación de los stakeholders y su vinculación con la competitividad, la sostenibilidad y la legitimidad democrática. En el ámbito español, se realiza un análisis comparado de diversas normas autonómicas de simplificación administrativa, identificando modelos diferenciados: reforma integral del marco regulatorio, estrategia institucional estructural, enfoque operativo e instrumental, mejora sistémica de la producción normativa y digitalización como motor de agilización. Finalmente, se argumenta que la simplificación administrativa trasciende la dimensión técnica y se proyecta como instrumento de fortalecimiento del Estado de bienestar y de mejora de la calidad democrática, al facilitar el acceso efectivo a los derechos y reforzar la confianza institucional.

Palabras clave: Modernización; Calidad regulatoria; Unión Europea; Better regulation; Administraciones públicas; Comunidades autónomas.

| Abstract |

This paper explores the evolution of public administration reforms and their relationship with contemporary administrative simplification policies within the broader framework of Better Regulation. It begins by examining the main paradigms that have shaped administrative modernization and analyzes how their principles have influenced the transformation of the European regulatory state. The study highlights the consolidation of regulatory quality as a central component of public governance in the European Union, focusing on instruments such as impact assessments, stakeholder consultations, and ex post evaluation mechanisms. At the national level, the paper offers a comparative analysis of recent Spanish regional laws on administrative simplification, identifying different reform models: comprehensive regulatory restructuring, strategic institutional planning, operational and sector-specific adjustments, systemic improvement of law-making processes, and digital transformation as a tool for streamlining procedures. The paper argues that administrative simplification should not be understood merely as a technical exercise aimed at increasing efficiency. Rather, it constitutes a structural policy instrument that strengthens democratic quality and supports the welfare state by improving access to rights, enhancing legal certainty, and reinforcing institutional trust in increasingly complex governance environments.

Keywords: Modernization; Regulatory Quality; European Union; Better Regulation; Public Administrations; Autonomous Communities.

| Introducción |

Uno de los grandes retos de toda sociedad democrática pasa por modernizar sus administraciones públicas, ya que tienen como gran objetivo encomendado el cumplimiento de los fines constitucionales para prestar los mejores servicios públicos posibles a su ciudadanía, a la vez que procurar la cohesión social. Hablar de democracia, pues, es hacerlo sobre administración pública porque es el vehículo que utiliza la acción política para impactar en la sociedad junto a la provisión de servicios, ejerciendo las funciones básicas de redistribución, regulación y supervisión.

Las transformaciones que tienen lugar en la sociedad se reflejan indudablemente en las administraciones públicas, por lo que puede afirmarse que son las instituciones que más cambios han experimentado en las últimas décadas. La importancia de la administración pública no puede ser obviada porque “la democracia no debe detenerse a las puertas de la Administración” (Le Clainche y Wiener, 2002), puesto que ocupa un lugar destacado en la evolución contemporánea de la democracia (Aguilar, 2006, 2014; Rosanvallon, 2007, 2010). Una buena administración pública, que sirva al interés general resulta esencial para la democracia contemporánea, ya que garantiza el acceso a los servicios públicos como la educación, la sanidad, la seguridad social o el sistema de protección social, además de suministrar estabilidad al sistema democrático. En este sentido, la simplificación administrativa se erige como una de las vías principales para alcanzarla en el contexto actual, conectando la calidad democrática con la calidad regulatoria.

En este contexto cobra especial importancia la reforma de la gestión y de las organizaciones públicas, ya que deben adaptarse para mejorar sus capacidades institucionales de respuesta y modernizar sus procedimientos y recursos, no solo un sentido técnico u organizativo sino como una necesidad de fortalecimiento democrático.

Una de las ideas fuerzas cuando se alude a modernizar la Administración pública se vincula con desburocratizarla, dotarla de más flexibilidad y agilidad, con mayor control de los costes y más receptiva a la ciudadanía (OCDE, 1999; Osborne y Gaebler, 1994; Metcalfe y Richards, 1993). Lo cierto es que todas las administraciones públicas, en diferente grado, se han visto afectadas por esta tendencia desburocratizadora con resultados dispares (Abellán López, 2019).

Un denominador común ha sido la simplificación administrativa entendida como una medida destinada a reducir la carga burocrática, eliminar trámites innecesarios y modernizar la gestión pública para que los procedimientos entre las administraciones públicas y la sociedad sea más rápida y eficiente. Esta idea resulta esencial si se piensa que la Administración constituye un locus donde los derechos y políticas públicas se materializan. En un sistema democrático, los derechos no se perfeccionan solo con su publicación normativa, sino que su pleno ejercicio depende de procedimientos accesibles y comprensibles para la ciudadanía. En este sentido, la calidad regulatoria, como es la simplificación administrativa opera como una medida democratizadora, ya que, al reducir cargas innecesarias, facilita el acceso a prestaciones, servicios públicos y fortalece los derechos.

La Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, del año 2000, reconoce explícitamente el derecho de los ciudadanos europeos a una buena Administración pública, lo que implica una forma exigente de actuación administrativa basada en los principios de legalidad, proporcionalidad, imparcialidad, diligencia y transparencia. El enorme tamaño del acervo normativo europeo (European Body of Knowledge) requiere, pues, una gestión compleja y laboriosa de los recursos y las capacidades administrativas, que afectan a todas las administraciones públicas multinivel.

En este contexto, la Agenda Estratégica 2024-2029 reconoce la necesidad de transformar el modelo regulatorio por uno más eficiente y coherente, idea que fue retomada en el Nuevo Pacto para la Competitividad Europea de la Declaración de Budapest (Consejo Europeo, 2024a, 2024b) iniciando la “revolución de la simplificación”.

Asimismo, Draghi (2024) ha criticado la inflación de normas, muchas mal diseñadas, y con una lenta transposición que contribuyen a un entorno regulatorio poco estimulante para la inversión y la innovación. También, la OCDE lleva décadas invocando la necesidad de reforzar las capacidades institucionales y la reforma regulatoria. Tanto es así, que, para la OCDE, la política regulatoria parte de la premisa de que regular es una fundamental decisión de política pública, no un mero acto técnico o jurídico.

El objetivo general del artículo es examinar cómo las reformas de la Administración pública y las políticas de simplificación administrativa, tanto a nivel europeo como en las comunidades autónomas españolas, contribuyen a mejorar la calidad regulatoria. Para ello, se realiza un análisis comparado de las normas de cinco comunidades autónomas sobre simplificación administrativa identificando diferencias de enfoque y alcance.

El artículo se estructura del siguiente modo: tras esta introducción se abordan las corrientes teóricas administrativas como la Nueva Gestión Pública, Nuevo Servicio Público, gobernanza, neoweberianismo. A continuación, se esboza la evolución y los principios que enmarcan la Better Regulation como política pública transversal enfocada a la calidad normativa. Después, se realiza un análisis comparado de las normas autonómicas españolas de simplificación administrativa, identificando diferencias en enfoque. Finalmente, se ofrecen unas conclusiones para proporcionar una visión de conjunto.

Cabe advertir que en la redacción del texto se ha utilizado el masculino universal como lenguaje inclusivo por economía lingüística, claridad y evitación de sobrecarga gramatical.

| Metodología |

La presente investigación adopta un enfoque analítico y comparativo para examinar la nueva normativa de simplificación administrativa implementadas por varias comunidades autónomas y su conexión con las medidas regulatorias de la UE, la Better Regulation.

La metodología utilizada aplica, pues, un enfoque analítico descriptivo, así como la incorporación de la perspectiva histórica para examinar los hitos en materia de simplificación administrativa en las últimas décadas. Los datos utilizados en este trabajo se han extraído del análisis documental que es una técnica de investigación de la metodología cualitativa. La elección de esta metodología responde a la propia naturaleza del propósito de esta investigación para interpretar y comparar el contenido de las reformas normativas aprobadas por las comunidades autónomas concernidas y cómo se alinean con los principios de la Better Regulation impulsados por la Unión Europea.

El análisis documental constituye la técnica de investigación más adecuada porque las principales fuentes de información son documentos oficiales, normas jurídicas, informes institucionales, planes de modernización administrativa y literatura científica especializada. Estas fuentes contienen la información necesaria para identificar los objetivos perseguidos por el legislador, las técnicas de simplificación empleadas y las tendencias comunes o divergentes entre las diferentes regulaciones autonómicas. Asimismo, la incorporación de una perspectiva histórica permite contextualizar la evolución de las políticas de simplificación administrativa en España, identificando los principales hitos reformistas de las últimas décadas y comprendiendo la progresiva influencia de la agenda europea sobre el ordenamiento jurídico interno. La utilización de una metodología comparativa resulta igualmente pertinente, ya que el estudio pretende identificar similitudes, diferencias y patrones regulatorios entre las distintas comunidades autónomas, lo que permite valorar el grado de convergencia de las reformas autonómicas, así como los modelos diferenciados de simplificación administrativa.

La normativa de simplificación administrativa examinada es la siguiente:

- Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que se adoptan medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la Administración de la Junta de Andalucía y el impulso de la actividad económica en Andalucía.

- Ley 2/2025, de 2 de abril, de Simplificación Administrativa de Cantabria.

- Decreto-ley n.º 1/2025, de 5 de junio, de Simplificación Administrativa de la Región de Murcia.

- Ley 6/2024, de 5 de diciembre, de Simplificación Administrativa de la Generalitat Valenciana.

- Ley 4/2025, de 11 de julio, de Simplificación, Agilización y Digitalización Administrativa, Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Desde nuestro punto de vista, este trabajo cuenta con valor interpretativo ya que aporta un mayor conocimiento de la legislación autonómica y los impactos de la Better Regulation en el funcionamiento de nuestras administraciones públicas.

| Una mirada a las principales corrientes modernizadoras |

Para conocer la Administración Pública actual, hemos de aproximarnos a los diferentes enfoques y corrientes que la han influido, ya que las actuaciones públicas se encuentran sometidas a una serie de debates que postulan la necesidad de superar el enfoque burocrático y acercarla a la ciudadanía.

Las principales corrientes de pensamiento político-administrativas, que se plantean en estas líneas y que han pretendido modernizar las administraciones públicas, han sido la nueva gestión pública (NGP), nuevo servicio público, la gobernanza y el neoweberianismo.

La NGP apareció en los años 80 y 90 con el propósito de aplicar a la administración pública lógicas e instrumentos del sector privado. Más que una teoría precisa, en realidad, la NGP ofrece un conjunto de tendencias con una heterogeneidad de herramientas y recomendaciones orientadas a proporcionar una alternativa al modo de la gestión pública burocrática (Barzelay, 2001). La publicación en pocos años de las obras de Osborne y Gaebler (1994), Al Gore, (1993) y OCDE (1997) contribuyeron a su exitosa difusión. Sus principales características eran la orientación a resultados, el gerencialismo, la apuesta por la eficiencia, la reducción de costes, la simplificación administrativa, el ciudadano como consumidor y críticas al formalismo centradas en la idea clave de que una administración menos burocrática funciona mejor. La forma en la que estos autores plantearon la desburocratización los llevó a apostar por una mejora en los procesos que se concretó en la implementación de técnicas como la gestión de calidad (Crespo González y Criado, 2005), el rediseño (Davenport, 1992) y la reingeniería de procesos (Hammer y Champy, 1993). Estas formas de mejorar los procedimientos administrativos contaron con un esfuerzo por el uso de las tecnologías de la información y la comunicación propios de la III revolución industrial (Pardo-Beneyto, 2023).

No obstante, las expectativas depositadas en la NGP no se cumplieron siendo fuertemente cuestionada por su visión mercantilista de la democracia y los servicios públicos. Un buen ejemplo de ello es que este tipo de planteamientos se están volviendo a poner de moda con el uso de la inteligencia artificial y el blockchain (Velázquez López, 2026).

Por su lado, el nuevo servicio público (NSP) surge como una alternativa tanto al modelo burocrático como reacción a la NGP. Para Denhardt y Denhardt (2003; 2007), el NSP propone un modelo centrado en el servicio público, la gobernanza democrática y la participación ciudadana, incorporando aportes de la ciudadanía, de la democracia y del capital social. El valor de la ciudadanía se ubica en el centro de esta teoría ensalzando los derechos, el civismo, los valores públicos y el bien común. Entre sus principios destacan el servicio a la ciudadanía, la promoción de la corresponsabilidad, la priorización de valores democráticos sobre la lógica empresarial, el liderazgo democrático y la rendición de cuentas. En definitiva, el NSP desplaza la visión del ciudadano como cliente y lo sitúa en el centro de la acción pública.

Respecto a la tercera corriente político-administrativa, la gobernanza, se ha de destacar su enorme éxito a nivel mundial, a través de su difusión por el Banco Mundial, la OCDE y Naciones Unidas. La gobernanza se refiere a la acción conjunta de múltiples actores orientada a satisfacer las demandas sociales, poniendo de relieve la incapacidad del Estado y del gobierno para actuar como único centro jerárquico de dirección de las políticas públicas. De esta forma, las capacidades para la gobernabilidad requieren nuevos modos basados en la corresponsabilidad, la interdependencia y la coordinación entre los actores para resolver los problemas públicos. Kooiman (2003) definió la gobernanza como el resultado de los esfuerzos interactivos de los actores implicados, anticipando la pérdida de capacidad unilateral del Estado, dando lugar a redes formales e informales de colaboración.

El último enfoque es el neoweberianismo, que describe el modelo alternativo surgido tras implementar las medidas de la NGP en la Europa continental (Pollitt et al., 2007). Sin rechazar la burocracia weberiana, las reformas europeas la combinaron con elementos de la NGP. Pollitt (2007) señaló la existencia de dos versiones de implantación de la NGP: una fuerte, asociada al mundo anglosajón, y una versión débil, propia de la Europa continental que protegió los principios del modelo weberiano. El neoweberianismo busca modernizar la administración pública evitando el derrumbamiento de las estructuras públicas, reforzando la seguridad jurídica, la estabilidad institucional y el carácter público de la administración. El modelo neoweberiano se caracteriza por reafirmar el valor de lo público, la igualdad ante la ley, la complementariedad entre democracia representativa y mecanismos de democracia directa, así como la profesionalización del servicio público (Pollitt, 2007).

Todas estas corrientes, pues, han impactado en el funcionamiento de nuestras administraciones públicas y son esenciales para entender las reformas actuales de la Better Regulation, que se abordará seguidamente.

| Aproximación al marco conceptual de la Better Regulation |

La política regulatoria figura como una de las principales preocupaciones de los organismos nacionales e internacionales y se define como un sistema de gobernanza que incluye políticas, instituciones y herramientas a todos los niveles de gobierno y sectores, en la que el papel del legislador impacta en la garantía de la calidad normativa (OCDE, 2025; 2018; 2012; 2009). Para la OCDE, un enfoque integral debe considerar los efectos de la regulación en la competitividad y el crecimiento económico, así como desarrollar programas específicos para reducir los costes administrativos, estableciendo una idea clave: la complejidad regulatoria no puede ser considerada solo un problema técnico sino un freno a la productividad y la innovación.

Paralelamente, durante el último cuarto de siglo, la Comisión Europea ha priorizado la calidad regulatoria como una política pública esencial en el mercado común. Así, la Better Regulation (mejor regulación) representa uno de los pilares básicos de la gobernanza pública de la Unión Europea que consiste en un abordaje integral de política regulatoria para mejorar la calidad, coherencia, eficacia y legitimidad de la normativa pública a lo largo de su ciclo vital.

Por esta razón, en las últimas décadas se han desarrollado importantes esfuerzos a todos los niveles territoriales para convertir la mejora de la regulación en una política pública de carácter transversal y prioritaria (Míguez Macho, 2019). La Better Regulation puede definirse como un conglomerado de principios, instrumentos y procedimientos destinados a garantizar la calidad de la regulación, lo que implica asegurar que sea necesaria, proporcional, eficiente, coherente y eficaz para minimizar las cargas burocráticas para todas las partes: ciudadanía, empresas y administraciones públicas, sin menoscabo del interés general. Esta expresión, pues, designa un marco conceptual derivada de trabajos previos desarrollados por la OCDE (2021; 2011) así como por la Unión Europea, (European Commission, 2025b; 2023a; 2015a), figurando de manera destacada los informes Draghi (2024) y Letta (2024). Las razones últimas se fundamentan en la manifiesta complejidad del entramado normativo del mercado interior, las sucesivas ampliaciones de la UE y la inflación regulatoria, por lo que la Comisión Europea se vio impelida a desarrollar un marco común de mejora y optimización de la calidad legislativa (Stevens y Stevens, 2001; Radaelli, 1999).

La presencia de diferentes estrategias dedicadas a una mejor regulación son la expresión y redefinición de un equilibrio entre las diversas preferencias políticas y económicas, que, en realidad, apunta a poner el foco sobre quién controla el proceso de formulación, implementación y evaluación del sistema regulatorio de la UE (Maggetti et al., 2022).

De este modo, puede afirmarse que la Better Regulation se enmarca en las políticas públicas de nueva generación para responder a la complejidad de un entorno incierto e impredecible que necesitar enfrentar numerosos retos (Haddad et al., 2022; Cairney et al., 2019). Estas nuevas políticas públicas recogen cuestiones transversales y necesarias para incorporarlas a la agenda pública (Pardo-Beneyto y Abellán-López, 2025).

Sus antecedentes beben de las reformas de finales del siglo XX, aunque la reformulación más genuina de la Better Regulation se encuadra en el afán reformista de la UE a partir de la década de 2000, junto a los trabajos de la OCDE. En el seno de la UE, bajo el mandato de Frans Timmermans en 1995, la Comisión Europea elaboró un programa de mejora normativa para mejorar la calidad de la normativa comunitaria. Posteriormente, la creación del “Programa de Adecuación y Eficacia de la Regulación” (REFIT) tuvo como objetivo principal simplificar la normativa europea disminuyendo los costes burocráticos y examinando el impacto que genera la legislación de la UE. Por otro lado, el “Paquete de Mejora Normativa” (European Commission, 2015a) transformó los principios de calidad regulatoria establecidos en las propuestas “Legislar Mejor” (European Commission, 2005) y “Normativa inteligente en la Unión Europea” (European Commission, 2010). También el “Acuerdo Interinstitucional de Mejora de la Regulación” (European Commission, 2016), estrecha sus relaciones con el Consejo y el Parlamento para trabajar conjuntamente. Otro hito fundamental liderado por el entonces Presidente de la Comisión en 2017, Jean-Claude Juncker, fue la creación del grupo “Legislar Menos pero Mejor” para mejorar en la aplicación de los principios de subsidiariedad y proporcionalidad (European Commission, 2018).

Posteriormente, la Comisión elaboró la “Comunicación sobre la mejora legislativa” (European Commission, 2021), dando cuenta del enorme impacto que tiene legislar de forma eficiente en un marco de buena gobernanza.

Desde entonces, la calidad regulatoria se ha consolidado como un elemento estructural de la acción pública europea que se refleja en los documentos, acuerdos y prácticas de los Estados miembros. De este modo, las evaluaciones de impacto, la consulta a las partes interesadas mediante procedimientos participativos, la evaluación ex post y el control de calidad normativo han sido priorizados en estas políticas públicas regulatorias (European Commission, 2015a, 2015b; 2023a, 2023b).

En síntesis, tales esfuerzos han pretendido ofrecer una legislación más sencilla, eficiente y de rápida implementación para ganar en competitividad y afrontar los cambios sociales, tal y como recoge el Informe Draghi (2024). Así, la denominada brújula de la competitividad es un marco estratégico, una hoja de ruta para incentivar el crecimiento económico de Europa, fundamentado en el análisis del mencionado informe. Las principales necesidades detectadas por Mario Draghi en materia de competitividad son: a) fortalecer la innovación; b) descarbonizar la economía; c) reducir las dependencias (Draghi, 2024).

Si bien todas estas necesidades requieren un abordaje integral, en el marco de este trabajo nos centraremos en la tercera de ellas, es decir, la reducción de las dependencias en un contexto de complejidad y fragmentación geopolítica. Así, el ex presidente del Banco Central Europeo advierte de las vulnerabilidades comunitarias respecto a energía, materias primas y tecnología, por lo que resulta imprescindible la autonomía energética, la generación de interconexiones y redes. Pero, además, el informe Draghi abunda en que una fuente de vulnerabilidades de la UE procede de su lentitud y fragmentación normativa. La burocracia excesiva retrasa inversiones estratégicas y desincentiva la producción dentro de la UE, lo que perpetúa la dependencia de proveedores externos. Por esta razón, la simplificación administrativa, la reducción de cargas regulatorias, la revisión de la contratación pública, la creación de marcos normativos comunes y la habilitación de procedimientos rápidos se convierten en instrumentos para fortalecer la economía y fortalecer las cadenas de valor europeas (Draghi, 2024).

También con similar orientación, el Informe Letta (2024) con el título Much more tan a market (Mucho más que un mercado), invoca el tránsito de un mercado único reactivo/defensivo a otro estratégico. Este documento explora cómo la fragmentación económica y normativa de la UE limita la competitividad frente a otras potencias, por lo que las principales líneas de trabajo pasan por reforzar el mercado común, eliminar las barreras burocráticas, integrar los mercados financieros, adicionar la “quinta libertad” (centrada en la investigación y la innovación), crear grandes empresas europeas y fortalecer la cohesión social y territorial (Letta, 2024).

Una de las manifestaciones más conocidas orientadas a reforzar la simplificación y la calidad regulatoria son los “Ómnibus”, que denomina un procedimiento de racionalización y simplificación normativo compacto en lugar de paquetes o presentaciones fragmentadas.

Retomando el marco conceptual de la Better Regulation, sus singularidades respecto a otras reformas anteriores, es su enfoque de ciclo completo, ya que entiende la calidad regulatoria como un proceso dinámico estructurado en varias fases, que comienza con la identificación del problema, la definición de objetivos, la evaluación ex ante, la participación de las partes interesadas (ciudadanía, empresas, tercer sector y poderes públicos), el diseño e implementación y la evaluación ex post. La Better Regulation no concluye con la entrada en vigor de la norma porque, lo que realmente pretende, es comprobar si se han logrado los objetivos, identificando los efectos no previstos, valorando la necesidad de cambiar o derogar normativa existente que pueda generar un aumento de las cargas regulatorias. Pero, sobre todo, la simplificación debe incorporarse desde el diseño del inicio del proceso regulatorio y como como un ejercicio correctivo a posteriori, puesto de lo que se trata es de aplicar un enfoque preventivo para anticiparse.

Todas las iniciativas modernizadoras parten de un determinado statu quo, por lo que producen un efecto acumulativo que se va sedimentando a lo largo del tiempo. Esta sedimentación institucional puede, paradójicamente, generar inercias que dificulten reformas posteriores más ambiciosas. La "cultura de la evaluación", aunque consolidada en la UE, no siempre se traduce en una asimilación homogénea en los Estados miembros. De hecho, el movimiento de políticas basadas en la evidencia ha buscado promover un análisis riguroso empírico para mejorar la toma de decisiones fundamentado en dos pilares: a) una cultura política favorable que facilite la transparencia y la racionalidad en la formulación de políticas, y b) una cultura centrada en la investigación para fomentar un compromiso por los análisis y metodologías rigurosas en la formulación de políticas públicas (European Commission, 2024; 2025a, 2025b). La necesidad de los decisores públicos por contar con información de calidad y contrastada para desarrollar análisis rigurosos se conecta directamente con el enfoque de las políticas basadas en la evidencia, a través de datos empíricos fiables, evaluaciones sistemáticas y conocimiento científico verificable (Head, 2010; Newman y Mintrom, 2023).

Otro enfoque reciente, fruto de la evolución tecnológica, es la gobernanza basada en datos, también conocida como analítica pública (Data-driven governance) donde las decisiones políticas y regulatorias se fundamentan en el análisis de datos fundamentalmente (van Ooijen et al., 2019). Tanto las políticas basadas en la evidencia como Data-driven governance comparten la base común de fundamentar la acción pública en conocimiento empírico, sin embargo, son diferentes y no deben confundirse. La primera promueve el uso sistemático de investigación científica, conocimiento experto y evaluación sistemáticas para mejorar las decisiones públicas, mientras que la naturaleza de la segunda es más técnica y organizativa que metodológica, ya que surge en un contexto de intensa digitalización y gestión de un enorme volumen de datos en el sector público.

Por ello, la Better Regulation mantiene una estrecha vinculación con los enfoques de reformas que se han visto anteriormente. Así, recibe una herencia directa de la NGP relacionadas con la reducción de burocracia, eliminación de cargas administrativas, evaluación ex ante y ex post, simplificación normativa y orientación a los resultados. En el caso de la Better Regulation, el centro de interés no gira tanto a cómo se gestionan las organizaciones públicas sino en cómo se diseñan y evalúan las normas, lo que indica que la lógica se focaliza en la producción normativa.

Las leyes autonómicas de simplificación administrativa que se tratarán a continuación, incorporan criterios de eficiencia y reducción de costes propios del enfoque gerencialista pero acomodados en principios jurídicos como la legalidad, la seguridad jurídica, la buena administración y la proporcionalidad. Ahora bien, existen diferencias importantes con respecto a la NGP ya que, además de la eficiencia económica, la UE introduce límites para la protección de derechos y fortalecimiento del interés general, la sostenibilidad e incentivos para la participación pública. Por otro lado, la simplificación no equivale a desregulación ni a menos Estado, dado que se acepta que la actividad regulatoria es necesaria pero siempre bajo los principios mencionados.

La Better Regulation y las leyes de simplificación administrativa no pueden entenderse sin la Nueva Gestión Pública, pero tampoco pueden reducirse a ella puesto que son el resultado de adaptar los criterios gerencialistas al Estado de Derecho.

Por otro lado, el enfoque neoweberiano posee una gran capacidad para explicar los cambios que se están produciendo tanto en la UE como en España. La idea principal apuntala a un Estado mejor organizado basado en la centralidad del Derecho y, al contrario que la NGP, no sustituye la ley por la gestión, sino que refuerza el procedimiento normativo. La investigación de Bouckaert (2022) pone de manifiesto cómo el neoweberianismo pasó de ser un tipo ideal a una realidad observable en las reformas de la administración pública contemporánea siendo un referente clave en los países de la UE. Es decir, durante décadas, el modelo neoweberiano se consideró como un tipo ideal analítico utilizado para describir cómo debería organizarse una administración pública que combinase estabilidad institucional y capacidad de adaptación. Sin embargo, según el análisis de Geert Bouckaert (2022), las reformas administrativas implementadas en numerosos países europeos muestran que muchos de esos principios ya no son solo teóricos, sino que se han materializado en prácticas institucionales concretas, en un patrón observable en las reformas administrativas europeas, ofreciendo un equilibrio entre la tradición burocrática y las exigencias contemporáneas de eficiencia, modernización y calidad democrática.

Tanto el neoweberianismo como la Better Regulation comparten objetivos en cuando a la calidad y legitimidad de la acción pública y rechazan enfoques mercantilistas, además de coincidir en la visión de un Estado activo y una administración pública profesionalizada. De este modo, el Estado se reconfigura como un centro coordinador y regulador como ejemplifica la gestión de los fondos Next Generation. La Better Regulation de la UE y las normas españolas de simplificación administrativa responden, pues, a un encuadre neoweberiano que entiende que regular bien exige simplificar y evaluar.

Otra de las teorías administrativas tratadas anteriormente es el Nuevo Servicio Público, que guarda una estrecha relación con la Better Regulation, ya que esta ha incorporado algunos de sus elementos principales como la participación pública en la elaboración normativa, atención al impacto social y accesibilidad lingüística. Los procesos de consulta pública, las evaluaciones participativas o los mecanismos de retroalimentación permiten que ciudadanos, organizaciones sociales y agentes económicos intervengan en el diseño de las políticas regulatorias. Asimismo, la Better Regulation incorpora una atención creciente al impacto social de las normas como las evaluaciones de impacto donde se analizan las consecuencias económicas, sociales y medioambientales de la regulación antes de ser implementada, lo que se conecta con la preocupación del Nuevo Servicio Público por garantizar que las decisiones públicas respondan realmente al interés colectivo. También, merecen ser destacados aspectos heredados del Nuevo Servicio Público como la accesibilidad y la claridad lingüística normativa, ya que el uso de un lenguaje más amigable reduce las barreras de comprensión y facilita el acceso al derecho. Lo señalado hasta ahora pone de manifiesto las confluencias entre ambos enfoques, pero también presentan diferencias, ya que el Nuevo Servicio Público es una teoría normativa centrada en el papel de la administración pública en un sistema democrático, mientras que la Better Regulation se prefigura como un marco procedimental y normativo de mejora regulatoria, que ofrece instrumentos y procesos para generar normas de más calidad.

Finalmente, la teoría de la gobernanza mantiene una estrecha vinculación con la Better Regulation, ya que se enfocan en cómo se toman, implementan y evalúan las decisiones en contextos complejos, fragmentarios y multinivel. Es más, se puede afirmar que la Better Regulation refleja claramente la lógica de la gobernanza, ya que sus mecanismos intrínsecos buscan mejorar la regulación no solo mediante técnicas administrativas sino también a través de procesos participativos y de cooperación institucional (Comisión Europea, 2001).

De hecho, una de las innovaciones de la mejor regulación es precisamente la incorporación de consultas públicas, las evaluaciones de impacto, la participación de stakeholders y la transparencia. En definitiva, la idea que se apuntala es la del Estado regulador inteligente (smart regulation) capaz de evaluar riesgos y evidencias para decidir dónde y cómo evaluar, coordinar políticas multinivel transversales, participación de la sociedad civil e integración del análisis de datos (Gunningham y Sinclair, 1999; Van Gossum et al., 2010; Drahos, 2017). Sin embargo, conviene advertir que estando relacionadas no deben confundirse, ya que, desde un punto de vista conceptual, la gobernanza describe una transformación estructural en la forma de gobernar, mientras que la Better Regulation materializa varios de los principios de la gobernanza convirtiéndolos en instrumentos operativos y procedimientos específicos del proceso regulatorio europeo.

| Calidad regulatoria en la normativa autonómica: hacia un cambio de paradigma |

La simplificación se ha consolidado como una de las características más destacadas de la Better Regulation, al considerar que pretende reducir la complejidad regulativa, eliminar trámites innecesarios y minimizar los costes administrativos para la ciudadanía y, especialmente, para las pequeñas y medianas empresas. Además, puede concebirse como política pública ya que se trata de una acción intencional y deliberada del Estado para alcanzar objetivos de interés general mejorando la calidad regulatoria. El carácter de política pública, pues, se evidencia al ser un objetivo público definido, que requiere una intervención gubernamental organizada, con impacto social y que exige la implementación de recursos y un mecanismo de evaluación.

La cuestión de la simplificación administrativa no es nueva, ya que, en la década de 1990, coincidiendo con la expansión de la NGP y el afán reformista, las comunidades autónomas incorporaron medidas dirigidas a racionalizar procedimientos, reducir cargas burocráticas, agilizar la tramitación administrativa y mejorar la calidad de los servicios públicos. Estas primeras iniciativas sentaron las bases de un proceso de reforma continuado que, con el paso del tiempo, se ha visto reforzado por la digitalización de la Administración y, más recientemente, por la influencia de la agenda europea de Better Regulation, que ha dotado de un nuevo marco conceptual y estratégico a las políticas de simplificación administrativa (Bucher & Golberg, 2025).

Aunque estas iniciativas surgieron inicialmente en el ámbito interno como respuesta a las necesidades de modernización de las administraciones públicas, con el paso del tiempo la simplificación administrativa adquirió una dimensión supranacional. La progresiva consolidación de la agenda europea de Better Regulation proporcionó un marco común de principios e instrumentos orientados a mejorar la calidad normativa, reducir las cargas administrativas y reforzar la eficiencia de las administraciones públicas. En el contexto europeo, esta orientación se ha traducido en iniciativas como la reducción de requisitos de información, la digitalización de procedimientos, el uso de enfoques “ómnibus” para racionalizar normativas existentes y la introducción de herramientas de medición de cargas administrativas.

Los Estados miembros de la UE han ido incorporando paulatinamente los principios y herramientas de la Better Regulación en los diferentes sistemas nacionales, si bien a distinta velocidad. En muchos casos, el énfasis ha recaído en el diseño normativo ex ante, mientras que la evaluación ex post y la revisión sistemática de normas siguen siendo áreas de mejora. En Estados con cierto nivel de descentralización, como España, la Better Regulation plantea desafíos adicionales de coordinación multinivel, coherencia normativa y adaptación territorial, pero también ofrece oportunidades para reforzar la calidad regulatoria en todos los niveles de gobierno.

La cuestión de la simplificación administrativa, en el ámbito español, se vincula al artículo 129 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que bajo el título de Principios de buena regulación establece aquellas normas de obligado cumplimiento para las Administraciones Públicas, que al elaborar leyes, deben garantizar la necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.

Las iniciativas legislativas autonómicas comparten principios comunes como son la reducción de cargas administrativas, la proporcionalidad, el impulso a la actividad económica, la digitalización y la seguridad jurídica, pero, también se constatan diferencias relevantes que conviene advertir. En consecuencia, la normativa que será objeto de análisis comparado es la siguiente:

- Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que se adoptan medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la Administración de la Junta de Andalucía y el impulso de la actividad económica en Andalucía.

- Ley 2/2025, de 2 de abril, de Simplificación Administrativa de Cantabria.

- Decreto-ley n.º 1/2025, de 5 de junio, de Simplificación Administrativa de la Región de Murcia.

- Ley 6/2024, de 5 de diciembre, de simplificación administrativa de la Generalitat Valenciana.

- Ley 4/2025, de 11 de julio, de Simplificación, Agilización y Digitalización Administrativa, Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

En un nuevo escenario, en el que la UE presiona hacia un cambio de cultura regulatoria, la simplificación y la reducción de cargas, la digitalización, el uso de sistemas algorítmicos y la inteligencia artificial, resulta necesario diseñar un marco regulatorio basado en evidencias y transparentes. Todas ellas son normas propias de las respectivas comunidades autónomas, destinadas a reducir las cargas administrativas entre la sociedad civil y los poderes públicos. En el caso de Cantabria, Comunitat Valenciana y Castilla-La Mancha se trata de leyes ordinarias aprobadas en los parlamentos autonómicos y con un desarrollo más estructurado dada su naturaleza jurídica, mientras que Andalucía y Murcia utilizan el decreto-ley con efectos inmediatos y urgente.

En los cinco casos, coinciden en la necesidad de mejorar la competitividad económica, para lo que buscan reducir cargas burocráticas, agilizar trámites y facilitar las relaciones ciudadanía y administración pública. Por esta razón, las normas autonómicas promueven el uso de declaraciones responsables, el efecto positivo del silencio administrativo como medida simplificadora y la transformación digital.

Desde una perspectiva comparada, las distintas iniciativas autonómicas de simplificación administrativa responden a modelos conceptuales diferenciados, tanto en su alcance como en su fundamentación teórica. Vamos a caracterizar el enfoque principal de cada norma, en el sentido de orientación predominante que guía la reforma administrativa de cada CCAA y, por tanto, la forma en que cada territorio singulariza la simplificación administrativa. Con ello, no se pretende afirmar la existencia de un único enfoque u objetivo en los textos legales sino, más bien, señalar qué aspecto se considera más significativo dentro de su diseño, lo que resulta sumamente provechoso como criterio analítico para comparar con otras normativas autonómicas.

La norma andaluza, recordemos que se trata del Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, adopta un enfoque transversal, configurándose como una amplia reforma normativa. Su estructura responde a la lógica de la reforma integral del marco regulatorio, en el sentido en que incide sobre varios sectores como el urbanismo, la actividad económica, la ordenación territorial, el medio ambiente, etc., por lo que modifica procedimientos administrativos y sustituye autorizaciones por declaraciones, entre otras aportaciones. No se limita, por tanto, a introducir ajustes técnicos, sino que persigue una reordenación sustantiva del sistema regulatorio autonómico, con especial énfasis en la dinamización económica y en la reducción de cargas burocráticas. Por tanto, se trata de una norma de amplitud que, además de crear reglas nuevas, reforma otras vigentes y con una clara orientación hacia la competitividad y la calidad regulatoria.

Por su parte, la Ley 2/2025, de 2 de abril, de Simplificación Administrativa de Cantabria se singulariza por un enfoque estratégico-institucional y su premisa de partida es que la simplificación no debe concebirse únicamente como una técnica de reforma normativa, sino como una política pública estructural integrada en la gobernanza administrativa. Esta idea comporta la articulación de instrumentos estratégicos como la planificación, la definición de objetivos, mecanismos de coordinación y sistemas de evaluación continua y seguimiento. Si bien comparte con la norma andaluza la voluntad de superar la mera reducción puntual de cargas, se diferencia en que desplaza el enfoque hacia una estrategia holística de mejora regulatoria y organizativa, con vocación de transversalidad.

En cuanto al Decreto-ley 1/2025, de 5 de junio, de la Región de Murcia, la normativa de simplificación adopta un enfoque operativo e instrumental centrado en suministrar un conjunto de herramientas prácticas para resolver problemas concretos a corto plazo. Así, la simplificación se materializa en un conjunto de medidas dirigidas a la reducción de cargas administrativas y a la racionalización de trámites sectoriales, con especial atención a la actividad económica. Por tanto, puede afirmarse que esta normativa no aspira a una gran reforma estructural ni una política pública de planificación estratégica, sino que opta por intervenciones puntuales para realizar ajustes específicos.

En el caso de la Comunitat Valenciana, la Ley 6/2024, de 5 de diciembre, se ajusta con el corpus de ideas centrales del paradigma de la calidad regulatoria y la gobernanza, lo que significa que el foco se desplaza de la mera reducción de trámites a la mejora estructural de la producción legislativa. Este enfoque parte de una premisa relevante: las cargas administrativas no derivan exclusivamente de la complejidad de los procedimientos, sino también de los déficits de su diseño y evaluación de las normas. Esta ley, pues, incorpora instrumentos de la Better Regulation como la Memoria de Análisis de Impacto Normativo, la exigencia de justificación reforzada de la iniciativa normativa con los principios de buena regulación, el fortalecimiento de la coordinación entre departamentos para evitar solapamientos y duplicidades y el impulso por el gobierno del dato y evaluaciones ex post. En definitiva, la simplificación se concibe como un problema sistémico de calidad normativa o, en otras palabras, las deficiencias se encuentran en el modo en que el sistema jurídico produce y ordena las normas en general.

Finalmente, la normativa de Castilla-La Mancha, la Ley 4/2025, de 11 de julio, de Simplificación, Agilización y Digitalización Administrativa, plasma un modelo centrado en la transformación digital como vector de simplificación. Aquí la reducción de cargas se vincula estrechamente a la implantación de tecnologías de administración electrónica, automatización de procedimientos, interoperabilidad de sistemas y gestión digital de expedientes. El punto de partida es que la modernización tecnológica constituye el instrumento más eficaz para agilizar la actuación administrativa y racionalizar procesos. En consecuencia, tal enfoque se inserta en la tendencia contemporánea que asocia digitalización, eficiencia organizativa y mejora de la experiencia ciudadana como elementos indisociables de la simplificación administrativa.

Desde una visión comparada de conjunto, como se aprecia en la Tabla 1, mientras la norma andaluza se orienta a una reforma integral del marco regulatorio, Cantabria enfoca la simplificación como una estrategia institucional estructural. Por su lado, la normativa de la Región de Murcia privilegia una lógica instrumental y operativa, mientras que la Comunitat Valenciana enfatiza la calidad de la producción normativa. Finalmente, Castilla-La Mancha establece un modelo fundamentado en la digitalización como motor de la simplificación administrativa.

Tabla 1. Diferencias de enfoque y de profundidad normativa en la normativa autonómica de simplificación administrativa

Andalucía

Decreto-ley 3/2024

Cantabria

Ley 2/2025

Región de Murcia

el Decreto-ley 1/2025

Comunitat Valenciana

Ley 6/2024

Castilla-La Mancha

Ley 4/2025

Enfoque principal

Transversal

Estratégico

estructural

Operativo y pragmático

Calidad regulatoria y gobernanza normativa

Digitalización y agilización

Prioridad

Integración y alcance general

Planificación institucional y arquitectura administrativa

Eficiencia y reducción de cargas en sectores concretos

Impacto de la producción legislativa

Herramientas digitales

Fuente: Elaboración propia.

En síntesis, las normativas de las comunidades autónomas españolas analizadas en este trabajo han impulsado leyes y decretos de simplificación administrativa por tres grandes razones: a) estructurales y de organización tanto ad intra como ad extra; b) económicas, ya que agilizar los trámites opera como un catalizador para atraer inversiones, generar empleo y competitividad regional y, c) políticas y regulatorias, ya que atiende los requerimientos normativos de la UE. Esta diversidad de enfoques (integral, estratégico, operativo, de calidad normativa y digital) no solo responde a prioridades políticas, sino que también refleja diferentes capacidades administrativas previas y grados de madurez institucional.

| Conclusiones |

Como se ha expuesto a lo largo de este artículo, las reformas de la Administración pública tienen una repercusión directa en la calidad democrática y en el Estado de bienestar, ya que cualquier medida implementada acaba por impactar en los derechos y en las políticas públicas. La importancia de la calidad regulatoria reside en que cuando los trámites son excesivamente complejos o prolongados, se generan barreras de acceso que afectan de manera desigual a la ciudadanía. La simplificación administrativa, en este sentido, actúa como un mecanismo de democratización funcional: reduce cargas innecesarias, facilita el acceso a prestaciones y servicios públicos. La simplificación también puede tener un efecto democratizador en términos de transparencia y confianza institucional, al hacer más comprensible la acción administrativa para la ciudadanía. Esta idea representa una de las claves para captar por qué la simplificación no puede quedar al margen de las grandes corrientes de reforma administrativa de las últimas décadas como la Nueva Gestión Pública, el Nuevo Servicio Público, la gobernanza y el neoweberianismo. En términos teóricos, las reformas analizadas se alinean más estrechamente con el paradigma neoweberiano que con una versión fuerte de la Nueva Gestión Pública. La simplificación no supone sustituir la ley por la gestión ni reducir el papel del Estado, sino reforzar la calidad del procedimiento normativo y la evaluación. Visto así, la Better Regulation se percibe como una síntesis evolutiva de estas corrientes de pensamiento administrativo, adaptada al contexto de la UE y al Estado de Derecho.

Así, la Better Regulation, se ha configurado como una política pública de nueva generación, caracterizada por su enfoque de ciclo completo y su vocación estructural. No se limita a simplificar trámites existentes, sino que incorpora instrumentos preventivos para intervenir en todas las fases, por lo que la calidad regulatoria ha dejado de considerarse una cuestión técnica para percibirse como estratégica. Los informes recientes sobre competitividad subrayan que la complejidad y lentitud normativa pueden convertirse en factores de vulnerabilidad económica.

En el caso español, la recepción de los principios de la Better Regulation han sido recogidos por las comunidades autónomas para implementarlas en sus respectivas normativas, si bien articulando la simplificación conforme a modelos conceptuales diferenciados. De acuerdo a lo planteado en este trabajo, el modelo andaluz ha apostado por una reforma integral del marco regulatorio; por su parte, el modelo de Cantabria aborda la simplificación desde una óptica estratégica. El Decreto de la Región de Murcia adopta un enfoque operativo para impactar en medidas muy concretas, mientras que la ley de la Comunitat Valenciana prioriza la calidad de la producción normativa. Finalmente, la normativa de Castilla-La Mancha proyecta un modelo basado en la transformación digital como motor de agilización y racionalización administrativa.

Esta diversidad evidencia que la simplificación administrativa no es un concepto unívoco, sino un marco flexible que puede materializarse en reformas normativas intensivas, estrategias institucionales, ajustes sectoriales, mejoras de técnica legislativa o procesos de digitalización, con el riesgo de que esta fragmentación autonómica, en un contexto de presión europea por la simplificación, pueda generar nuevas asimetrías o complejidades para los operadores económicos y la ciudadanía que operan en más de un territorio. La elección de uno u otro modelo responde tanto a prioridades políticas como a tradiciones administrativas y capacidades institucionales que, en definitiva, se dirigen a fortalecer los derechos de ciudadanía y el Estado de bienestar.

En definitiva, la simplificación administrativa en el contexto europeo y autonómico español se revela como una política pública estructural orientada a compatibilizar eficiencia, legitimidad democrática y calidad normativa, constituyendo uno de los ejes centrales de la transformación contemporánea del Estado regulador.

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| Notas biográficas |

María Ángeles Abellán López. Profesora Titular Universidad en el Departamento de Sociología y Antropología Social e investigadora del Instituto Universitario de Creatividad e Innovaciones Educativas de la Universitat de València. Autora de libros, de capítulos y artículos en revistas científicas e investigadora en proyectos de investigación formando parte de diferentes comités editoriales. También es miembro del Comité de Ética de Investigación en Humanos de la Universitat de Valencia. Sus principales líneas de investigación son: participación ciudadana y gobernanza democrática; modernización de la gestión pública, rendición de cuentas y buen gobierno.

Natalia Simón Medina. Profesora Titular de Sociología en la Universidad de Castilla-La Mancha, licenciada en Sociología por la Universidad Complutense y doctora en Investigación en Humanidades, Artes y Educación por la Universidad de Castilla-La Mancha. Actualmente, directora del Departamento de Filosofía, Antropología, Sociología y Estética de la Universidad de Castilla-La Mancha, presidenta del Comité de Investigación de Sociología de la Discapacidad de la Federación Española de Sociología (FES), e integrante de la Comisión de Mujeres de CERMI Castilla-La Mancha y de la red de expertos del programa Harmony with Nature de las Naciones Unidas.

María José Vicente Vicente. Profesora de Sociología en la Universidad de Castilla-La Mancha. Es Doctora por la UCM (2016) y por la UNED (2023), con estancia posdoctoral en Évora (2020-2021). Licenciada en Ciencias Políticas y de la Administración y en Derecho, diplomada en Marketing y Publicidad y en Estudios Europeos por la Escuela Diplomática, estando adscrita al Turno Constitucional del ICAM. Ha investigado sobre Estados de bienestar desde su filiación a la Universidad de Estocolmo; sobre sociología política, ética pública y modelos nórdicos. Cuenta con 73 publicaciones y ha participado en 67 congresos nacionales e internacionales. Vocal del Consejo de Redacción de las revistas Praxis Sociológica, Temas para el Debate y Economía Industrial.

Gonzalo Pardo-Beneyto. Profesor en el Departamento de Derecho Constitucional, Ciencia Política y de la Administración de la Universitat de València. Es Doctor en Derecho por la Universitat de Alicante, Licenciado en Ciencias Políticas y de la Administración por la Universidad Miguel Hernández de Elche. Es autor de libros, capítulos y artículos en revistas científicas e investigador en proyectos de investigación. Sus líneas de investigación son, entre otras: participación ciudadana y gobernanza democrática, modernización e innovación político-administrativa, lucha contra la corrupción y buen gobierno.

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Recibido / Received: 25/03/2026
Aceptado / Accepted: 30/06/2026